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Sentencian a IBERDROLA y ENDESA por fingir alteraciones en medidores

Condenan a IBERDROLA y ENDESA por simular contadores manipulados

Ilustración de contadores eléctricos con logos de IBERDROLA y ENDESA, representando una condena por simulación de manipulación.

Los tribunales están intensificando el escrutinio sobre las empresas subcontratadas por las eléctricas, sometiendo a un análisis minucioso los motivos que presentan para llevar a cabo inspecciones eléctricas, especialmente después de señalar posibles alteraciones en los contadores. Estas acciones han sido criticadas por su falta de precisión.


Después de revisar las evidencias suministradas por las eléctricas, el juez determinó que estas no eran suficientes para demostrar cualquier manipulación ni justificar los cargos extra aplicados, tal como se refleja en diversas sentencias recientes.


Se pone en duda la credibilidad del testimonio del inspector y del informe de inspección, principalmente porque el inspector suele ser empleado de la eléctrica o, en muchos casos, un trabajador autónomo de una firma subcontratada que recibe pago por identificar fraude eléctrico, lo que cuestiona su imparcialidad. El informe, por sí solo, no es considerado prueba suficiente, ya que se elabora sin notificar al consumidor sobre la inspección o la supuesta manipulación detectada.


Un argumento clave de los magistrados es la necesidad de que el cliente esté presente durante la inspección. Una sentencia en particular, emitida por el juzgado de primera instancia nº 2 de Navalcarnero, Madrid, sostiene que un informe de un contador alterado carece de validez si se realiza sin el conocimiento o presencia del cliente, privándolo así de la oportunidad de presentar alegatos. Además, a los afectados a quienes se les ha suspendido el suministro eléctrico por impago no se les ha proporcionado el informe de inspección, lo que subraya la sentencia.


La sentencia enfatiza que, dado que los técnicos no gozan de una presunción de honestidad y no se les considera agentes de autoridad, la presencia del cliente durante la inspección es esencial para asegurar sus derechos, evitando así una infracción al derecho a la presunción de inocencia garantizado por la Constitución Española.


El Defensor del Pueblo ha denunciado estas prácticas como abusivas y ha instado al gobierno a implementar un sistema de detección de fraude eléctrico que ofrezca mayores garantías, incluyendo la obligatoriedad de la presencia del titular del contrato durante las inspecciones y la verificación de los informes a través de actas oficiales, como las emitidas por AENOR.



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